
El Mérito al Emprendedor 2026 es un reconocimiento del Congreso del Estado de Morelos dirigido a personas, organizaciones e instituciones que impulsan proyectos productivos y generan empleo en la entidad.
La convocatoria contempla la postulación de perfiles que destaquen por su innovación, impacto económico y contribución al desarrollo local. El registro permanece abierto hasta el 17 de abril de 2026.

LA LVI LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE MORELOS (CON FUNDAMENTO EN EL DECRETO NO. 913, PERIÓDICO OFICIAL "TIERRA Y LIBERTAD", 10 DE MAYO DE 2023) CONVOCA:
A las personas físicas o morales, a organizaciones de la sociedad civil, a las comunidades e instituciones públicas o privadas que se distingan por su vocación al emprendimiento destacando con sus contribuciones a la economía por medio de la generación de empleos a favor de la sociedad
morelense, a participar en el "Mérito al Emprendedor del Estado de Morelos", conforme a las consideraciones siguientes:
PRIMERA. La Comisión de Desarrollo Económico del Congreso del Estado de Morelos, por medio del "Mérito al Emprendedor del Estado de Morelos", tiene como finalidad reconocer a las personas emprendedoras de la entidad que, con esfuerzo, compromiso y dedicación, impulsan la creación y consolidación de proyectos productivos que contribuyen al desarrollo económico y social del estado, motivo por el cual, mediante el otorgamiento de este reconocimiento e incentivo, se busca destacar su labor y, al mismo tiempo, sensibilizar a la sociedad morelense sobre la importancia del emprendimiento como motor de crecimiento, innovación y generación de
oportunidades.
SEGUNDA. Las categorías a reconocer serán las siguientes:
I. Idea innovadora: idea de negocio original con potencial para proyectarse como el resultado de un emprendimiento exitoso en sus modelos digitales.
de producción y el uso de plataformas
II. Mujer emprendedora: micro, pequeña o mediana empresa dirigida por una mujer, que contribuya a la proyección del talento femenino en la actividad económica del estado.
IlI. Persona empresaria joven: negocio que se encuentre liderado por una persona joven entre la edad de los 18 a 29 años.
IV. Persona empresaria agrícola: negocio que cuente con un modelo de negocio disruptivo, escalable y con doble naturaleza, por un lado, tiene un fin económico que genera empleo y a su vez beneficia el crecimiento del campo morelense.
V. Institución educativa y/o persona estudiante emprendedora: que ejecuten una idea de negocio que mediante el empleo de tecnologías se perfile como una empresa que ofrezca una alternativa de solución en la sociedad.
VI.Persona emprendedora incluyente: personas emprendedoras que integren como principales actores de su desarrollo empresarial a personas pertenecientes a algún grupo vulnerable.
TERCERA. El proceso de inscripción se realizará a partir del día hábil siguiente de su publicación en la Gaceta Legislativa y en páginas oficiales del Congreso del Estado de Morelos, y culminará a las 14:00 horas del día 17 de abril del año 2026.
CUARTA. Para poder inscribirse al Mérito al Emprendedor del Estado de Morelos, las personas aspirantes deberán de cumplir con los requisitos siguientes:
I. Ser morelense por nacimiento o por residencia con una antigüedad mínima de cinco años anteriores a la postulación;
Il. Haber trabajado o impulsado el empoderamiento de manera personal o colectiva y a su vez el que sea creador de fuentes de empleo para la población morelense, por lo menos durante tres años, mismos que tendrán que comprobarse. Se consideran comprobantes documentales los materiales bibliográficos, audiovisuales, diplomas, testimoniales u otros documentos que se estimen pertinentes en la convocatoria para acreditar los méritos de la persona candidata; así mismo se deberá de presentar el material que acredite la trayectoria, el emprendimiento y/o la creación de fuentes de empleo;
III. Presentar un mínimo de tres cartas de recomendación expedidas por persona o instituciones que hagan constar el trabajo y merecimiento del mérito;
IV. Presentar por escrito los motivos de la postulación y los datos de Identificación de la persona o institución que haga la propuesta;
V. Presentar en digital, currículum vitae de la persona aspirante al mérito, acompañado de las documentales que comprueben las actividades que en este se mencione, en formato PDF albergados en dispositivo USB.
VI. Presentar oficio bajo protesta de decir verdad de no haber recibido en algunas de sus ediciones el Mérito al Emprendedor del Estado de Morelos en cualquiera de sus categorías.
QUINTA. La documentación de las personas aspirantes deberá ser entregada en la oficina de la Comisión de Desarrollo Económico de la LVI Legislatura del Congreso del Estado de Morelos, ubicada en la Av. Dr. Guillermo Gándara, número 510, esquina calle cerrada del parque, Colonia Amatitlán, C.P.
62410 Cuernavaca, Morelos. Las inscripciones se realizarán en días hábiles de lunes a viernes en un horario de 10:00 a 14:00 horas.
SEXTA. Las personas aspirantes podrán postularse de manera personal o ser postuladas por personas físicas o morales, instituciones públicas o privadas relacionadas con el
emprendimiento.
SÉPTIMA. No podrán postularse:
I. Las personas que hayan recibido el Mérito al Emprendedor del Estado de Morelos, previamente en alguna de sus categorías.
Il. Las personas servidoras públicas.
III. Familiares hasta en tercer grado de las Diputadas y Diputados de la Legislatura en turno.
OCTAVA. La Comisión de Desarrollo Económico del Congreso del Estado de Morelos valorará las candidaturas de cada categoría y emitirá el fallo cinco dias naturales previos al día de la entrega del Mérito al Emprendedor del Estado de Morelos, el cual se deberá de publicar en la gaceta legislativa y en el portal de internet del Congreso del Estado. Dicho fallo será inapelable.
NOVENA. El Mérito al Emprendedor del Estado de Morelos consistirá en un reconocimiento, una medalla de plata de ley 0.925 conmemorativa y un incentivo económico equivalente de 150 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente al momento de emisión de la presente convocatoria.
DÉCIMA. La entrega del Mérito al Emprendedor del estado de Morelos se llevará a cabo mediante Sesión Solemne del Congreso del Estado de Morelos en el mes de abril del año dos mil veintiséis.
DÉCIMA PRIMERA. Lo no previsto en la presente convocatoria será resuelto por la Comisión de Desarrollo Económico de la LVI
Legislatura Del Congreso del Estado de Morelos.
Recinto Legislativo del Estado de Morelos, a 13 de marzo de 2026.
